martes, 17 de marzo de 2015

Los Servicios Sociales ante las próximas elecciones autonómicas

A esta altura recordar que el próximo domingo 22 de marzo se celebran elecciones al parlamento andaluz igual resulta un tanto reiterativo, pero por si acaso alguno/a aún no se ha enterado.

Estas elecciones autonómicas, si hacemos cierto caso a las encuestas que nos vienen facilitando diferentes medios desde hace meses, van a suponer un cambio radical en cuanto a los grupos políticos que hasta el momento han estado presentes en la cámara andaluza, ya que prevén que puedan entrar algunos nuevos, dando origen a un cambio en la correlación de fuerzas hasta el momento.


Durante todo este tiempo de campaña, y el que nos espera hasta final de año con el resto de convocatorias electorales, hay una temática que casi se convierte en muchos de los casos en estrella, las llamadas políticas sociales. Aunque a veces resulta penoso escuchar definiciones, conceptos y argumentos, por personas y grupos políticos que dicen defenderlas, ya que lo realizan con una falta de rigor y confusión que a veces uno no sabe si es desconocimiento o dejadez.


Estoy convencido de que si a los políticos le dijésemos que definieran conceptos y por decir algunos: política social, acción social, servicios sociales, dependencia, inclusión social, renta básica, salario social, rentas mínimas de inserción…no sé dónde se quedaría la nota pero me temo que más de uno y una suspenderían. A veces uno acude a reuniones y hay que mirar a otro lado ante el desconocimiento que se tiene del que es el cuarto pilar del Bienestar Social en España, porque no todo es lo mismo, ni todo quiere decir lo mismo.


De ahí que en un ejercicio de pedagogía, desde el Consejo Andaluz de Trabajo Social se han consultado los programas de gobierno disponibles en las diferentes web de los partidos políticos, ubicando la alusión que realizan o no, a una serie de ejes que se han considerado fundamentales y que se recogen en el documento Compromisos para garantizar el Sistema Público de Servicios Sociales en Andalucía. Como posicionamiento que realiza la profesión de Trabajo Social ante éstas elecciones, con más de 5.000 colegiados en la comunidad, y con un conocimiento sobre la realidad que la da la atención que de manera directa se realiza a las personas que acuden a los diferentes recursos sociales en el día a día. Cifras que sobrepasa el millón de personas anualmente en nuestra comunidad, y que han supuesto incrementos en los últimos años en torno al 76,6%.

Desde el Consejo Andaluz de Trabajo Social, se ha querido realizar un ejercicio de transparencia y clarificación en las propuestas que se plantean por parte de los diferentes grupos políticos. Ya que tal y como se recoge en el documento mencionado Hoy en día el Sistema Público de Servicios Sociales no da respuesta a la creciente demanda de asistencia que la población le plantea: faltan recursos, los servicios están desbordados, las listas de espera se han duplicado, y triplicado en muchas poblaciones, y ni tan siquiera se puede garantizar la cobertura de las necesidades más básicas.

Por eso es hora de que al abordar el Sistema de Servicios Sociales, se haga con conocimiento de lo que se está hablando, y de que no sólo obtenga cierto protagonismo en precampaña y campaña, pero que una vez pasado ésta siga siendo la hermana pobre o la maría de las asignaturas, cuando hay que definir y aprobar políticas o distribuir el presupuesto. (Acceso al cuadro comparativo de los diferentes grupos políticos)

(Publicado en Revista El Observador)


jueves, 12 de febrero de 2015

La nueva ley de Servicios Sociales, nuevamente en el cajón

En más de una ocasión he abordado desde éstas líneas la necesidad que urge en Andalucía de que nos dotemos de una nueva ley de Servicios Sociales, que venga abordar la realidad actual y que todo su proceso sirva para generar el debate oportuno de que Sistema de Servicios Sociales queremos. Son veintisiete años de la actual (1988), y varios intentos y borradores en las dos últimas legislaturas, sin que al final se haya conseguido.

El adelanto electoral vuelve a enviar al cajón el último borrador que fue presentado en el mes de agosto, con cierta premeditación estival, que obligó a mucha/os compañeras/os a dejar las bermudas, el bañador e incluso días de vacaciones, para que en septiembre y desde el Consejo Andaluz de Trabajo Social, presentáramos más de 177 alegaciones al proyecto, fueron reuniones intensas de trabajo por las diferentes provincias de Andalucía. (Para consultar las  alegaciones)

De todo ese esfuerzo final, ya que desde la profesión venimos debatiendo y trabajando en un nuevo modelo desde hace años, realizando su presentación en el propio Parlamento la pasada primavera y estando convencido que fue lo que motivo para que el gobierno andaluz presentará su propuesta varios meses después. Hoy el Trabajo Social no puede sino que sentirse nuevamente desilusionado, al ver como un compromiso tan importante no ya para la profesión, sino para el conjunto de los ciudadanos, que sufren una mayor vulnerabilidad, no se ha cumplido.

Hay que reconocer el esfuerzo por intentar que los recortes drásticos e injustos que el gobierno central ha realizado durante los últimos años en el conjunto de España, desde el gobierno de coalición en Andalucía se han intentado mitigar. Pero eso no es óbice para reivindicar que la situación social andaluza, sigue estando a la cola del resto de comunidades, y que el Sistema de Servicios Sociales no puede seguir siendo la hermana pobre de todos los gobiernos, con visiones asistencialistas y centradas en prestaciones con escasos recursos económicos.

Cuando tenemos un llamado salario social, (Ingreso Mínimo de Solidaridad) que data del año 1999 sobre el que urge una reforma en profundidad, o su total desaparición y la sustitución por la tan demanda Renta Básica. Con más de 65.000 solicitudes presentadas en el año 2013 que suponen un incremento del 30,2% con respecto al año 2011 (como referencia a la actual legislatura) y que en estos momentos tienen una demora en cuanto a resoluciones y pagos que fácilmente puede superar los ocho meses.

Pero si miramos otros indicadores, en este período el 55% de la población indica que no tiene capacidad para afrontar gastos imprevistos, y más del 46% tienen dificultad o mucha dificultad para llegar a fin de mes. Circunstancia que está en la génesis para que el 12% de las familias andaluzas tenga retrasos en los pagos relacionados con la vivienda principal. Lo que nos lleva a las más de 120.000 ejecuciones hipotecarias (inicio del proceso de desahucio), producidas en Andalucía desde que estalló la burbuja inmobiliaria. Mientras tanto sólo se han calificado como vivienda de protección 49.000 en estos años.

Pero si hay un factor clave ante ésta situación ese es el del desempleo, y tristemente al igual que en otros indicadores sociales, en este tan poco Andalucía sale bien parada, con una tasa actual de paro del 34,23% (último trimestre 2014). Que si profundizamos en la misma por rangos de edad, respecto a los menores de 25 años nos situamos en un 58,97% donde sólo nos superan Castilla-La Mancha y Canarias, pero si el rango de edad se sitúa en el de 25 a 54 años nos ponemos con la mayor tasa de paro a nivel nacional al igual que si el rango de edad es de 55 y más años.



No es mi intención caer en la prepotencia y que se pueda entender que desde los Servicios Sociales vamos a solucionar todas estas situaciones, que no vienen sino a generar fractura social, desigualdad y pobreza, donde cada vez son más los ciudadanos que se ven afectados. Un millón de usuarios acudieron a los Servicios Sociales en Andalucía durante el año 2011, ya que no se han vuelto a publicar memorias de años posteriores.

Por eso la urgencia de la reflexión y el debate para diseñar un nuevo Sistema de Servicios Sociales, que vaya dando mejores respuestas y con mayor capacidad. Donde se aborde por qué otras áreas de gobierno no debieran de estar incorporadas en los Servicios Sociales, como empleo o vivienda, o el tan constante debate de la coordinación socio sanitaria, donde la ley de dependencia es un elemento central.

Si no es así seguiremos con la gran mayoría de programas supeditados, después de casi treinta años, a subvenciones, muchas de ellas condicionadas a veces por dispuestas políticas y sobre todo por la capacidad presupuestaria. De ahí la necesidad de que en ese debate se clarifiquen los derechos subjetivos de obligado cumplimiento, y no dejando necesidades básicas como la alimentación o el alojamiento, en manos de la caridad y las buenas acciones de ciudadanos y entidades solidarias. Donde todo el sector especializado, principalmente constituido por entidades, asociaciones y empresas de servicios, que atienden a: menores, discapacitados, adicciones, mayores, etc., se encuentren integrados y coordinados de manera eficiente.

Como dije en alguna reunión, creo que ha llegado la hora de que los Servicios Sociales digan que quieren ser de mayores.

(Publicado en Revista El Observador)

lunes, 12 de enero de 2015

IPREM / Salario mínimo

Comenzamos un nuevo año y todo se actualiza, todos hacemos propósitos de mejora y nos marcamos objetivos para ser más felices, o por lo menos lo intentamos, aunque a veces no nos dure mucho tiempo, pero no perdamos ese interés que nos obliga a alcanzar metas y superarnos en el día a día.

En esa actualización y en el ámbito social hay dos conceptos que van afectar de cara al cálculo de prestaciones, me refiero al Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM), y al Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Los cuáles, sobre todo el SMI, son objeto de debate y noticia en las últimas semanas.


Pensando en todo lo que se escribe y de cara a intentar facilitar una visión lo más pedagógica y clara posible, sobre la realidad de lo que suponen estas cifras, me ha parecido interesante radiografiarlo haciendo un comparativo sobre cuál ha sido su trayectoria en el tiempo que llevamos de crisis (desde el año 2008). No quedándome tan sólo en un puro incremento o disminución desde el valor más absoluto, sino verlo y compararlo en otras variables temporales.

Por lo que respecta al primero el IPREM, que sirve para hacer el cálculo de determinadas ayudas, subvenciones públicas y diferentes prestaciones como indicaba, su incremento en estos últimos años (2008 al 2015) se ha quedado en los 15,61 euros, lo que supondría 2,23 euros por año. Pero si nos fijamos en lo que ha supuesto el incremento en lo que respecta al coste día este ha sido de tanto solo 0,52 céntimos.

Pero si estas cifras nos pueden parecer exiguas que no vienen a cubrir las necesidades reales de la población, en lo que respecta al SMI los importes son los siguientes, si consideramos las mismas variables durante el mismo período:

En este caso tenemos que el SMI se ha visto incrementado en 48,60 euros, lo que vendría a suponer 6,94 euros al año. Pero si este importe se observa en lo que ha sido el incremento respecto al coste por día ha supuesto en los siete años 1,62 euros, pero si también lo vemos respecto a cuánto ha supuesto sobre el coste hora de un día de trabajo nos lleva a que ha sido de tan sólo 0,20 céntimos.

Estas cantidades tendrían que incrementarse en dos mensualidades más, que son las correspondientes a las dos pagas ya que el SMI conlleva catorce. En todo caso se estaría en un incremento en lo que es por ejemplo a nivel de coste hora de 0,45 céntimos más, por lo que el coste definitivo por hora trabajada para el año 2015, se eleva a la cantidad de 3,15 euros.

Creo que la reflexión está servida …

Pero si alguien puede tener dudas para qué sirve el SMI, copio literal lo que indica el artículo 1 del real decreto por el que se establece su cantidad para este 2015 (RD 1106/2014, de 26 de diciembre).

Artículo 1. Cuantía del salario mínimo interprofesional.

El salario mínimo para cualesquiera actividades en la agricultura, en la industria y en los servicios, sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores, queda fijado en 21,62 euros/día o 648,60 euros/mes, según que el salario esté fijado por días o por meses.
En el salario mínimo se computa únicamente la retribución en dinero, sin que el salario en especie pueda, en ningún caso, dar lugar a la minoración de la cuantía íntegra en dinero de aquel.

Este salario se entiende referido a la jornada legal de trabajo en cada actividad, sin incluir en el caso del salario diario la parte proporcional de los domingos y festivos. Si se realizase jornada inferior se percibirá a prorrata.

Para la aplicación en cómputo anual del salario mínimo se tendrán en cuenta las reglas sobre compensación que se establecen en los artículos siguientes.

lunes, 22 de diciembre de 2014

Por Navidad ...

Pues nada ya tenemos otra Navidad, y como tal nos toca desear felicidad a todo con el que nos encontremos, irnos de comida hasta con quien menos nos apetezca porque hay que ir, comprar el famoso numerito de la lotería por cierto no me ha tocado nada, y en el bar tan poco me tenían ningún sobre vaya con la publicidad.

No quiero que nadie piense que estoy en contra de la Navidad, en absoluto, lo que si me molesta es que después de tantos años (y tengo algunos pocos), desde que tengo uso de razón recuerdo estas fechas por los programas de radio recogiendo juguetes para los niños "pobres", recogiendo caramelos para la cabalgata de reyes que la buena gente dona generosamente, realizando conciertos y festivales benéficos para los "más necesitados". Y aunque han pasado años esto sigue igual, y me molesta porque concluyo que entonces no hemos avanzado en derechos, para cubrir necesidades que son básicas.

Hoy aún tenemos esos niños pobres para que no se queden sin juguete, esas familias sin comida que tienen que acudir a la gran recogida de alimentos, y me da que gran parte de la sociedad ve esto como normal, porque total estamos en Navidad.

Posiblemente como dice la bloguera y trabajadora social Belén Navarro, con esta entrada me estoy metiendo en algunos charcos, que no sé como podré salir, pero si no lo digo reviento y no es cuestión, que aún me quedan algunas comidas. Pero para ¿cuando una Navidad donde no se tenga que recoger comida, ni juguetes?

Aunque no tiene que ser Navidad para que ésto ocurra, tristemente es el día a día de una realidad que endulzamos por Navidad, pero que para miles de familias seguirá igual a partir del 7 de enero, y ya no estaremos en Navidad.

A todas y todos FELICES FIESTAS.



martes, 9 de diciembre de 2014

Renta Básica – Rentas Mínimas de Inserción

Hablar de Renta Básica y de Rentas Mínimas de Inserción para algunos será lo mismo, pero es importante establecer de entrada que son dos conceptos dispares. Aunque en algunos sitios incluso se hayan aprobado leyes denominadas de Renta Básica, que lo que vienen a plantear en el fondo son rentas mínimas dirigidas a intervenir sobre la exclusión.

Por ejemplo la más reciente de la Comunidad de Extremadura (Ley 31/2013, de 21 de mayo de Renta Básica de Inserción), donde en su artículo 1 a la hora de definir la ley específica exactamente de qué se trata: “El objeto de la presente ley es determinar y regular, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el acceso al derecho subjetivo a la Renta Básica Extremeña de Inserción, destinada a cubrir las necesidades básicas de quienes se encuentran en situación de exclusión o riesgo de exclusión, y a promover su integración social y laboral.”

Si continuamos su lectura en el artículo 3 se indica que tendrá una duración determinada y que los beneficiarios tendrán que tener una participación activa en sus itinerarios de inserción. Por lo que aunque en su título se hable de Renta Básica, no estamos ante una ley de estas características.

La Renta Básica como concepto amplio, viene a establecerse como derecho que tendría cualquier ciudadano simplemente por serlo, de cara a recibir una cantidad periódica para cubrir sus necesidades. Tal y como se recoge en la actual Iniciativa Legislativa Popular por una Renta Básica, que en estos momentos se encuentra en marcha y que fue presentada en el Congreso de los Diputados el 15 de enero, y aprobada con fecha del 14 de marzo, indicándose en su artículo 1: “Derecho a la Renta Básica. Se establece el derecho de toda persona, por el hecho de haber nacido, a recibir una cantidad periódica que cubra sus necesidades básicas. La Renta Básica se constituye como derecho individual, universal e incondicional.” 


En otras cuitas nos situamos cuando hablamos de Rentas Mínimas de Inserción, que denominadas de una forma o de otra en la actualidad las comunidades autónomas vienen desarrollándola. Habiéndose presentado recientemente el Informe correspondiente al año 2013 del que podemos destacar que:

-          la edad mínima suele ser de 25 años,
-          exigen a la unidad de convivencia o familiar un período de existencia que suele ser de 6 a 12 meses,
-          en cuanto al requisito de empadronamiento y tiempo de residencia, suele ser de 12 a 24 meses,
-          con una cuantía media de 418,58 euros, lo que significa una reducción del 0,5% con respecto al año anterior,
-          llegándose a 258.048 personas con prestación, un 18,89% más que el año anterior. Que si los añadimos a las 379.165 personas que dependen de ellos, nos sitúa en 637.573 las personas que se benefician,
-          siendo el grupo de edad mayoritario el situado entre los 35 y 44 años edad,
-          con un predominio de estudios primarios en cuanto a su nivel académico.

Siendo muy interesante el comprobar que nombre le ha ido dando cada comunidad a esta renta, ya que nos acerca posiblemente a la forma que han tenido respecto a cómo abordar y enfocar los procesos de inclusión social. Por ejemplo sólo el País Vasco tiene integrado su sistema de información de rentas mínimas con otros sistemas como el de empleo.                 

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