domingo, 9 de mayo de 2021

Ante la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía (RMISA)

En diciembre de 2017 se publicaba una norma tan esperada como en su día fue la nueva ley de Servicios Sociales de Andalucía, que tras cuatro años de su aprobación aún sigue en pañales, en este caso me refiero al Decreto-ley 3/2017, de 19 de diciembre, por el que se regula la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, (RMISA).  Una norma que venía a sustituir al llamado Salario Social (Decreto 400/1990, de 27 de noviembre, por el que se creó el Programa de Solidaridad de los Andaluces para la erradicación de la marginación y la desigualdad en Andalucía), puesto en marcha en los años noventa, de ahí su tan esperada aprobación más allá de dar cumplimiento al propio estatuto de Andalucía cuando en su artículo 23.2 se indica: "Todos tienen derecho a una renta básica que garantice unas condiciones de vida digna y a recibirla, en caso de necesidad, de los poderes públicos con arreglo a lo dispuesto en la ley."

Hoy tres años después y tras poder leer las memorias correspondiente a los años 2018 y 2019 de la RMISA, y a casi un año de la aprobación del Ingreso Mínimo Vital (IMV), salvando las diferencias, se pueden llegar hacer algunas consideraciones.

La RMISA nuevamente no ha cubierto las expectativas generadas, y a los datos me remito, por aquello de utilizar variables objetivas. Si había dos elementos claves e incluso se podrían denominar como novedosos en esta nueva norma, son la necesidad de que toda solicitud lleve aparejada la elaboración de un Plan de Inclusión Social (PIS) y de un Plan de Inclusión Laboral (PIL), el primero realizado por los Servicios Sociales Comunitarios y el segundo por el Servicio Andaluz de Empleo, pero la realidad empírica es tozuda. Así del total de solicitudes aprobadas en estos dos años (2018 y 2019), que ha ascendido a 32.716 sólo en el 59,95% de los casos se ha elaborado el PIS, pero es que el PIL no ha llegado ni al uno por ciento habiéndose quedado en un 0,76%, un total de 250 planes sobre las más de treinta y dos mil solicitudes, realmente "un escándalo", que se puede apreciar en la siguiente imagen.

Fuente: Elaboración propia a partir memorias Junta Andalucía RMISA (2018 y 2019)
Puede ser que cuando se hagan público los datos del año 2020, atípico por todo lo que ya sabemos en relación con la pandemia, estos datos pudieran mejorarse pero me temo muy mucho que no será así, cuando es sabido que la Junta de Andalucía tras la entrada en vigor del IMV, si la RMISA ya iba lenta ahora que cada cuál saque su conclusión. 

Según los datos publicados en marzo pasado por la Seguridad Social en Andalucía se habían concedido 66.086 solicitudes de Ingreso Mínimo Vital, por un ingreso mensual medio de 460 euros (la RMISA para 2021 se ha situado en 440,62 euros, un 78% del IPREM), por 32.716 solicitudes concedidas entre los años 2018 y 2019 de la RMISA, por lo que el IMV ha duplicado estas solicitudes lo cuál viene a establecer una radiografía mucho más cercana respecto a la situación socio-económica de las familias en nuestra comunidad.

No quisiera aburrir con tantos datos, pero el hecho cuantitativo me parece de primer orden para poner la evidencia de que estamos muy cercano a que más de cien mil familias en la comunidad autónoma de Andalucía, requieren de una intervención que más allá de social sobre todo es de necesidad económica, de subsistencia para sobrevivir. No se puede obviar a lo que me refería al inicio de la entrada, ya que no se está ante una prestación cualquiera sino ante la necesidad de dar cumplimiento a la máxima norma que rige la comunidad de Andalucía como es su estatuto, cuando en el mismo se recoge el derecho a una renta básica, y que superando clichés debe de convertirse en un aspecto universal sin cortapisas ni condicionantes.

(También lo tienes disponible en formato podcast a través del siguiente enlace https://www.ivoox.com/ante-renta-minima-insercion-social-en-audios-mp3_rf_69745785_1.html)

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