https://www.juntadeandalucia.es/export/drupaljda/Memoria_RMISA_2018.pdf
La entrada venía a plantear la gran paradoja, que cada cual luego puede unir al calificativo que considere: ineficacia, inoperatividad ... cuándo una de las cuestiones más importante que planteaba el nuevo decreto de renta mínima y sobre el que la Junta de Andalucía (me dá igual de que color) difundió y difunde, como son la elaboración del Plan de Inclusión Social y Laboral sólo había alcanzado a un escaso 1% de los expedientes, según la memoria publicada correspondiente al año 2018. Y terminaba aquella entrada diciendo que: "Será muy interesante conocer, y en aras de la transparencia esperamos que se haga público, cuál es la evaluación y las justificaciones argumentadas.." pues bien dos meses después puedo decir que ya está disponible en la web de la Junta de Andalucía (nuevamente fuentes oficiales), cuál ha sido la evaluación que se ha realizado.
https://www.juntadeandalucia.es/export/drupaljda/Informe_evaluaci%C3%B3n_%20D-l%20RMISA.pdf
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Fuente: Junta de Andalucía |
Como digo un informe extenso y ambicioso del que se puede sacar un amplio abanico de ideas y propuestas, tal y como han hecho los autores que incorporan desde una triangulación como estrategia metodológica, a un análisis DAFO. He de reconocer que aún no me lo he mirado con la profundidad que haré, pero si voy a destacar algunos datos que trasladan una situación muy preocupante y lamentable de como se ha venido desarrollando la implantación de esta medida:
- Desde enero 2018 hasta marzo 2019, se han venido atendiendo como media 681 expedientes por profesional (Trabajadores/as Sociales) en las diferentes Delegaciones Territoriales. (pag. 88)
- El tiempo medio calculado para una tramitación vía ordinaria (es decir, una solicitud no tramitada por la vía denominada de “urgencia/emergencia”) es de 240 días, es decir 8 meses, período intensamente desproporcionado teniendo en cuenta las necesidades de las personas usuarias de la RMISA y que contraviene lo establecido en el texto legal (un período de 2 meses para la resolución de los expedientes). En el caso de la vía de urgencia y/o emergencia, el tiempo medio de resolución está en 86 días, casi 3 meses, frente al período de un mes establecido en la norma (pag. 89)
- ... tan sólo el 1,67% de las solicitudes concedidas están siendo acompañadas por un Plan laboral elaborado por un trabajador o trabajadora del Servicio Andaluz de Empleo. Un total de 369 planes en toda Andalucái (pag. 110-111)
No seguiré porque cada dato no puede ser más desangelador, desde el volumen de trabajo que se ha tenido que asumir sin los recursos humanos y sistemas informáticos suficientes y adecuados, el tiempo de espera de cara a las personas solicitantes cuando esta era otra de las medidas estrella, o la confirmación de que sólo al 1,67% de las solicitudes concedidas (22.083) se le acompaña un Plan Laboral, por lo que el mismo informe indica que: "De estos datos se puede inferir una clara desconexión entre lo recogido en el Decreto-Ley y la implantación de Planes de inclusión socio-laboral". (pag. 112).
Muchas cosas a cambiar y modificar, con poco tiempo para hacerlo, mientras tanto son miles las personas que esperan en toda Andalucía.